Imprimir la información de la página

Derechos del Afiliado y Paciente  Todo afiliado o paciente sin restricciones por motivos de raza, sexo, edad, idioma, religión, opiniones políticas o de cualquier indole, origen, posición económica o condición social, tiene derecho a:

1. Acceder a los servicios y tecnologías de salud, que le garanticen una atención integral, oportuna y de alta calidad.
2. Recibir la atención de urgencias que se requiera con la oportunidad que su condición amerite sin que sea exigible documento o cancelación de pago previo alguno.
3. Mantener una comunicación plena, permanente, expresa y clara con el profesional de la salud tratante.
4. Obtener información clara, apropiada y suficiente por parte del profesional de la salud tratante que le permita tomar decisiones libres, conscientes e informadas respecto de los procedimientos que le vayan a practicar y riesgos de los mismos. Ninguna persona podrá ser obligada, contra su voluntad, a recibir tratamiento de salud.
5. Recibir prestaciones de salud en las condiciones y términos consagrados en la ley.
6. A recibir un trato digno, respetando sus creencias y costumbres, así como las opiniones personales que tengan sobre los procedimientos.
7. A que la historia clínica sea tratada de manera confidencias y reservada y que únicamente pueda ser conocida por terceros, previa autorización del paciente o en los casos previstos en la ley, y a poder consultar la totalidad de su historia clínica en forma gratuita y a obtener copia de la misma.
8. A que se le preste durante todo el proceso de la enfermedad, asistencia de calidad por trabajadores de la salud debidamente capacitados y autorizados para ejercer.
9. A la provisión y acceso oportuno a las tecnologías y a los medicamentos requeridos.
10. A recibir los servicios de salud en condiciones de higiene, seguridad y respeto a su intimidad.
11. Agotar las posibilidades de tratamiento para la superación de su enfermedad.
12. Se garantiza la confidencialidad de toda la información que sea suministrada en el ámbito del acceso a los servicios de salud y de las condiciones de salud y enfermedad de la persona, sin perjuicio de la posibilidad de acceso a la misma por los familiares en los eventos autorizados por la ley o las autoridades en las condiciones que ésta determine.
13. A recibir información sobre los canales formales para presentar reclamaciones, quejas, sugerencias y en general, para comunicarse con la administración de las instituciones, así como a recibir una respuesta por escrito.
14. A solicitar y recibir explicaciones o rendición de cuentas acerca de los costos por los tratamientos de salud recibidos.
15. A que se le respete la voluntad de aceptación o negación de la donación de sus órganos de conformidad con la ley.
16. A no ser sometidos en ningún caso a tratos crueles e inhumanos que afecten su dignidad, ni a ser obligados a soportar sufrimiento evitable, ni obligados a padecer enfermedades que puedan recibir tratamiento.
17. A que no se le trasladen las cargas administrativas y burocrática que les corresponde asumir a los encargados o intervinientes en la prestación del servicio.

 

Volver
 

 

Comparte esta publicación