Este producto le permite tener mayor protección en caso de:
Muerte: Si usted fallece, se reconocerá a sus beneficiarios, un valor cuyo monto se calculara con base en la protección alcanzada.
Muerte Accidental: En caso de que usted fallezca a causa de un accidente, se reconocerá a sus beneficiarios un valor de protección adicional equivalente al cuarenta y ocho por ciento (48%) de la protección alcanzada.
Gran Invalidez: En caso de que usted pierda el cincuenta por ciento (50%) o más de su capacidad laboral para desarrollar su profesión u oficio habitual, durante el resto de su vida, recibirá el cien por ciento (100%) de la protección alcanzada.
Enfermedades Graves: Le será reconocido el sesenta por ciento (60%) del valor de protección alcanzado, en caso de presentarse alguna de las siguientes enfermedades: cáncer, infarto al miocardio, cirugía de bypass coronario, enfermedad cerebro-vascular e insuficiencia renal crónica.
Amparos |
Edad de ingreso |
Edad de permanencia |
Muerte |
Entre los 18 y 70 años |
Hasta los 85 años |
Gran invalidez |
Entre los 18 y 64 años |
Hasta los 70 años |
Enfermedades graves |
Entre los 18 y 64 años |
Hasta los 70 años |
Adicional por muerte accidental |
Entre los 18 y 64 años |
Hasta los 70 años |
Beneficios:
Puede tomar el amparo en caso de muerte, aún después de los 65 años de edad.
En caso de que sea reconocido el amparo por enfermedad grave, continuará protegido en caso de gran invalidez y/o muerte.
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